Primero: la deuda se libera
Infonavit lo dice con todas sus letras en su Centro de Ayuda: si el titular de un crédito falleció y tú quedaste a cargo de sus trámites, no es necesario que lo continúes pagando, porque el crédito cuenta con un seguro de vida llamado Autoseguro por Defunción. El fundamento es el artículo 51 de la Ley del Infonavit.
Para usarlo hay que acudir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) o al área de cobranza de la Delegación más cercana con:
- Acta de defunción e identificación oficial vigente del acreditado.
- Acta de nacimiento e identificación oficial vigente de quien realiza el trámite.
En ese momento se pide la liberación del adeudo y se puede empezar a tramitar la cancelación de la hipoteca. Mientras no se haga este trámite, el crédito sigue apareciendo activo y generando atrasos, así que conviene no dejarlo pasar.
Lo que la página oficial no dice. No encontramos publicado si el seguro aplica igual cuando el crédito traía meses de atraso al momento del fallecimiento, ni plazos para reportarlo. Si ese es tu caso, pregúntalo directamente en el Cesi antes de dar por hecho que la deuda queda en cero.
Segundo: la casa sigue a nombre de quien falleció
Aquí es donde se confunde la mayoría. El seguro borra la deuda, pero no pasa la propiedad a nadie. La casa forma parte de la herencia y para que quede a nombre de la viuda, el viudo o los hijos hace falta una sucesión:
- Con testamento (sucesión testamentaria): se abre ante notario si los herederos son mayores de edad y están de acuerdo, o ante juez si no.
- Sin testamento (sucesión intestamentaria): la ley decide quién hereda; en el Código Civil Federal heredan primero los descendientes y el cónyuge (arts. 1602 y siguientes), pero cada estado tiene su propio código. Casi siempre pasa por un juez de lo familiar.
Al final de la sucesión se firma la adjudicación: la escritura que pone la casa a nombre de los herederos. Hasta ese papel, nadie puede vender ni hipotecar la casa, por más que sea "la casa de mi mamá".
Por eso Infonavit recomienda hacer testamento sin importar la edad. Un testamento convierte meses de juicio en un trámite notarial.
Tercero: cancelar la hipoteca
Con el adeudo liberado, el gravamen sigue inscrito en el Registro Público de la Propiedad hasta que se cancele. El proceso es el mismo que para cualquier crédito liquidado: se genera la Carta de Instrucción de Cancelación de Hipoteca (vigencia de 180 días) y se tramita la liberación del gravamen ante notario o ante el Registro Público, según el estado. Lo explicamos paso a paso en cómo liberar la hipoteca.
Si el acreditado tenía pagos en exceso, quien lleva los trámites puede pedir la devolución en el Cesi con identificación, estado de cuenta con CLABE y la resolución de beneficiario de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Infonavit aclara que no acepta la de un juez de lo familiar ni la de una Junta Local.
¿Y si la familia quiere vender?
- Reporta el fallecimiento y libera la deuda. Es el trámite del Cesi de arriba. Sin esto, el crédito sigue corriendo.
- Haz la sucesión. Con o sin testamento, hasta la escritura de adjudicación a nombre de los herederos.
- Cancela el gravamen. Carta de instrucción y liberación ante notario o Registro Público.
- Vende ante notario. Firman todos los herederos (o un apoderado) y el comprador paga a la sucesión. Si por alguna razón quedara saldo con Infonavit, se liquida en esa misma firma con la carta de saldo.
Hay compradores que toman casas en esta situación, incluso con la sucesión a medias, a cambio de un precio menor por el tiempo y el riesgo que asumen. Si prefieres esa vía, pide una oferta sin costo y marca "Soy familiar de un titular que falleció" en el formulario. VendoMiCasa.mx es un servicio privado independiente; no somos Infonavit ni despacho de abogados, y esta guía no sustituye la asesoría de un notario o abogado familiar.
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Preguntas frecuentes
¿Quién paga el crédito Infonavit si el titular falleció?
Nadie debería seguir pagándolo. Infonavit dice que el crédito cuenta con un seguro de vida llamado Autoseguro por Defunción: quien quedó a cargo de los trámites no tiene que continuar los pagos, y en el Cesi puede pedir la liberación del adeudo y empezar la cancelación de la hipoteca.
¿Qué papeles piden para reportar el fallecimiento?
Según la página oficial: acta de defunción e identificación oficial vigente del acreditado, más acta de nacimiento e identificación oficial vigente de quien hace el trámite. Se entrega en el Centro de Servicio Infonavit (Cesi) o en el área de cobranza de la Delegación más cercana.
¿La casa pasa automáticamente a los hijos o a la viuda?
No. El seguro libera la deuda, pero la casa sigue a nombre de quien falleció. Para que quede a nombre de la familia hace falta una sucesión, testamentaria si dejó testamento o intestamentaria si no, ante notario o juez. Hasta entonces nadie puede venderla legalmente.
¿Se puede vender la casa de un familiar que falleció?
Sí, pero después de la sucesión: la casa se adjudica a los herederos y ellos firman la venta ante notario. Si la hipoteca ya se canceló, el comprador paga a los herederos; si por alguna razón sigue habiendo adeudo, se liquida en la firma con la carta de saldo.
¿Y si el que falleció no era el titular sino la pareja?
El Autoseguro por Defunción cubre al acreditado, es decir, a quien firmó el crédito. Si falleció el cónyuge que no era titular, el crédito sigue vigente y lo paga el titular. Si era un crédito conyugal, consulta a Infonavit qué pasa con cada parte; no encontramos texto oficial que lo detalle.
Equipo editorial de VendoMiCasa.mx
Última revisión: 8 de octubre de 2026. Información general basada en fuentes oficiales; no es asesoría legal.
Fuentes
- Infonavit, Centro de Ayuda: seguros y fallecimiento (rev. 30 ene 2026)
- Infonavit, Centro de Ayuda: terminé de pagar mi crédito (rev. 30 ene 2026)
- Infonavit: Soluciones para ti (rev. 30 jun 2025)
- Ley del Infonavit, texto vigente (última reforma DOF 21-02-2025)
- Código Civil Federal (última reforma DOF 14-11-2025), solo como referencia: cada estado tiene su código civil